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Resolución Nº 1539/10
- MTESS - Crea Programa de Apoyo Económico a Emprendimientos Laborales para Personas con Discapacidad - PAELDI -

B.O. 07/01/11

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Créase el Programa de Apoyo Económico a Emprendimientos Laborales para Personas con Discapacidad —PAELDI—.


Bs. As., 28/12/2010

VISTO el Expediente Nº 1.411.252/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nº Nº 22.431, Nº 24.013, 26378 y la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nº 498 del 1º de marzo de 1983, y Nº 357 del 21 de febrero de 2002 , y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.378 el Estado Nacional ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas A/RES/ 61/ 106, el día 13 de diciembre de 2006.

Que mediante el artículo 27 de la mencionada Convención referido a Trabajo, los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado laboral que sea abierto, inclusivo y accesible a las personas con discapacidad Que los Estados Partes, deben arbitrar acciones que permitan a las personas con discapacidad el acceso efectivo a programas generales de orientación técnica y vocacional, servicios de colocación, formación profesional continua y promoción de oportunidades empresariales, de empleo por cuenta propia, de constitución de cooperativas y de inicio de empresas propias.

Que a través de la Ley Nº 22.431 de Protección Integral de los Discapacitados, se establecieron medidas tendientes a promover el empleo de personas con discapacidad, teniendo en cuenta su especial vulnerabilidad frente al mercado de trabajo.

Que la Ley Nº 24.013, en el Capítulo III – Programas de empleo para grupos especiales de trabajadores—, de su Título III – De la Promoción y Defensa del Empleo—, atribuye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la puesta en marcha de programas destinados a fomentar el empleo de los trabajadores que presenten mayores dificultades de inserción laboral, como lo son los trabajadores con discapacidad o pertenecientes a los grupos vulnerables.

Que el Artículo 81 de la Ley Nº 24.013 establece entre los objetivos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL:":" establecer programas destinados a fomentar el empleo de los trabajadores que presenten mayores dificultades de inserción laboral...".

Que en virtud de las desventajas de las personas con discapacidad para competir actualmente en el mercado laboral, resulta conveniente la creación de un nuevo programa para la promoción de emprendimientos laborales por cuenta propia y/o asociativos para trabajadores con discapacidad.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 575 del de fecha 1 de agosto de 2005, se creó el PROGRAMA DE APOYO A MICROEMPRENDIMIENTOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PAEMDI), con la finalidad de apoyar económicamente a trabajadores con discapacidad que desarrollen actividades de autoempleo y microemprendimientos laborales financiados con fondos que recaude el Banco Central de la República Argentina en virtud de la multas previstas en la Ley 25.730 destinados al financiamiento programas de atención integral para personas con discapacidad.

Que dichos fondos son administrados por el COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, que funciona en el ámbito de la COMISION NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS (CONADIS), quien tiene a su cargo la evaluación, aprobación y monitoreo de los proyectos presentados y el pago de los subsidios que se acuerden a los proyectos que resulten aprobados.

Que, en atención a la suspensión del financiamiento por parte del COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, de los proyectos de autoempleo y microemprendimiento presentados en el marco del Programa de Apoyo a Microemprendimientos para Trabajadores con Discapacidad (PAEMDI), corresponde facultar a la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a pagar los proyectos presentados en el marco del mencionado programa hasta el 31 de octubre de 2010.

Que asimismo, corresponde facultar a la SECRETARIA DE EMPLEO para dictar las normas complementarias, aclaratorias y/o de aplicación del nuevo Programa a crearse por medio de la presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades asignadas en la ley de Ministerios 22.520 (to. 1992), sus complementarias y modificatorias

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase el PROGRAMA DE APOYO ECONOMICO A EMPRENDIMIENTOS LABORALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD – PAELDI— el que se desarrollará de acuerdo a lo establecido en la presente Resolución y sus normas reglamentarias.

Art. 2º — El Programa tendrá por objetivo apoyar económicamente a las personas con discapacidad que desarrollen una actividad de autoempleo y/o microemprendimiento laboral.

Art. 3º — El Programa está dirigido a personas de ambos sexos, en edad laboral, cuya discapacidad se encuentre acreditada en los términos del art. 3 de la Ley Nº 22.431, sus normas reglamentarias y homólogas provinciales, que estén en condiciones de desarrollar una actividad de autoempleo y/o microemprendimiento laboral dentro del territorio nacional, conforme lo establezca la reglamentación.

Art. 4º — Las personas definidas en el artículo 3º podrán presentar proyectos ante las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral, los que deberán ajustarse a los requisitos y condiciones que establezca la reglamentación.

Art. 5º — Las prestaciones a cargo del Programa serán subsidios no reembolsables destinados a cubrir gastos para la compra de bienes de capital, herramientas de trabajo e insumos para el desarrollo de una actividad de autoempleo o microemprendimiento, en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.

Art. 6º — Facúltase a la SECRETARIA DE EMPLEO para la evaluación, aprobación y monitoreo de los proyectos presentados.

Art. 7º — Facúltase a la SECRETARIA DE EMPLEO a efectuar los pagos correspondientes a los proyectos de autoempleo y microemprendimientos laborales presentados hasta el 31 de octubre de 2010, en el marco del Programa de Apoyo a Microemprendimientos para Personas con Discapacidad (PAEMDI).

Art. 8º — El presente Programa y los proyectos mencionados en el artículo 5º, serán financiados con los fondos del presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 75, Programa 16 — Acciones de Empleo, partida 514 "Ayudas sociales a personas", Fuente de Financiamiento 11 "Tesoro nacional".

Art. 9º — Facúltese a la SECRETARIA DE EMPLEO a dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la ejecución, seguimiento y monitoreo del Programa PAELDI, así como todo otro aspecto que haga a su operación, funcionamiento y garantice eficiencia en la asignación de recursos, transparencia e igualdad de oportunidades para la presentación de proyectos.

Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— Carlos A. Tomada