SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Bs. As., 27/11/2007
VISTO: La Resolución Nº 100 del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD del 16 de Mayo de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que en los ANEXOS III Y V de la citada Resolución por error involuntario se omitió consignar las modalidades prestacionales de “SERVICIO DE APOYO A LA INTEGRACION ESCOLAR” y la de “CENTRO DE REHABILITACION PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL” así como la modalidad de concurrencia “ALOJAMIENTO DE FIN DE SEMANA”.
Que, en la reunión ordinaria del mencionado Directorio del día 7 de Agosto de 2007 de la que da cuenta el Acta Nº 222, se acordó la necesidad de dictar una norma que subsane la omisión en la Resolución citada.
Que la presente se dicta en ejercicio de las funciones reconocidas al Directorio del sistema por el artículo 5º apartados a) y e) del anexo A del Decreto Nº 1193/98 y de las atribuciones que se reconocen a su Presidente en el Reglamento de Funcionamiento (Resolución Nº 1 de D.S.P.B.A.I.P.D.) en el apartado d) del texto que le corresponde.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD RESUELVE:
Artículo 1º — Agréganse en los ANEXOS III Y V de la Resolución Nº 100 del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD del 16 de Mayo de 2007, las modalidades prestacionales de “SERVICIO DE APOYO A LA INTEGRACION ESCOLAR” y “CENTRO DE REHABILITACION PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL” y la modalidad de concurrencia “ALOJAMIENTO DE FIN DE SEMANA”.
Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Jorge E. Mascheroni.