MINISTERIO DE SALUD
Resolución 1948/2014
Bs. As., 28/10/2014
VISTO el expediente Nº 2002-20510/09-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley 24.901, los decretos Nros. 1193 del 8 de octubre de 1998 y 1277 del 23 de mayo de 2003 y las Resoluciones Ministeriales Nros. 428 del 23 de junio de 1999, 1749 del 6 de diciembre de 2005, 1977 del 20 de diciembre de 2006, 147 del 14 de febrero de 2007, 767 del 29 de junio de 2007, 1030 del 21 de agosto de 2007, 219 del 26 de marzo de 2008, 1074 del 26 de septiembre de 2008, 314 del 26 de marzo de 2009, 523 del 26 de octubre de 2009, 57 del 13 de enero de 2010, 2299 del 28 de diciembre de 2010, 1534 del 16 de septiembre de 2011, 2032 del 30 de noviembre de 2011, 1685 del 16 de octubre de 2012, 1512 del 24 de septiembre de 2013, 1859 del 19 de noviembre de 2013, 1876 del 4 de diciembre de 2013 y la 1151 del 23 de julio de 2014,
CONSIDERANDO:
Que la ley mencionada en el VISTO instituye un SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
Que por el artículo 1° de la Resolución Nº 428/99 del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, se aprobó el NOMENCLADOR DE PRESTACIONES BASICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Que por Resolución Nº 1030 de fecha 21 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE SALUD, se sustituyó el artículo 1º de la Resolución Nº 767/07, incorporando las prestaciones Escolaridad Primaria Jornada Simple y Escolaridad Primaria Jornada Doble, que no figuraban en el artículo sustituido, y sí se encontraban agregadas en el Anexo I de dicha Resolución.
Que por las sucesivas Resoluciones Ministeriales citadas en el VISTO de la presente, se readecuaron los aranceles de las prestaciones del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Que por Resolución Ministerial Nº 1859 de fecha 26 de noviembre de 2013 se procedió a readecuar los aranceles vigentes del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, con un incremento desde un SEIS POR CIENTO (6%) a un CINCUENTA POR CIENTO (50%) a partir del 1° de diciembre de 2013, conforme al detalle que se indica en su ANEXO I, el que forma parte integrante de la misma.
Que por Resolución Ministerial Nº 1876 de fecha 4 de diciembre de 2013, se procedió a ratificar la fecha a partir de la cual tendría vigencia la Resolución Nº 1859/13, estableciéndose la misma a partir del 1° de noviembre de 2013.
Que por Resolución Ministerial Nº 1151 de fecha 23 de julio de 2014, se procedió a establecer un incremento en los aranceles a partir de 1° de julio de 2014.
Que se llevó a cabo el 16 de octubre de 2014, una Reunión Extraordinaria del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, quien por Acta Nº 328 se arribó a un acuerdo de propuesta de modificación de aranceles, proponiéndose en primer término un aumento del 28% global, para todas las prestaciones excepto a las que se otorgará una diferenciación arancelaria.
Que se efectuará una diferenciación arancelaria que alcanzará el 40% global para Pequeños Hogares, Residencia y Estimulación Temprana.
Que en consecuencia resulta necesario readecuar los aranceles fijados por la Resolución Ministerial vigente, precedentemente indicada.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios - T.O. 1992, modificada por su similar Ley 26.338.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Modifícase la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 1151 del 23 de julio 2014, a fin de actualizar todos los aranceles vigentes del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD readecuándose los importes del nomenclador, para todas las modalidades prestacionales conjuntamente con un incremento del VEINTIOCHO POR CIENTO (28%) global, para todas las prestaciones, excepto a las que se le otorgará una diferenciación arancelaria del CUARENTA POR CIENTO (40%) global para Pequeños Hogares, Residencia y Estimulación Temprana, a partir del 1° de octubre de 2014, conforme al detalle que se indica en el ANEXO I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2° — Todos los valores que surgen del ANEXO I aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución, son referenciales y aplicables hasta los montos resultantes.
ARTICULO 3° — Los nuevos aranceles dispuestos en la presente regirán a partir de la fecha que se indica en el artículo 1°.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial, y archívese. — Dr. JUAN L. MANZUR, Ministro de Salud.
TEXTO DE LA IMAGEN
MODALIDAD PRESTACIONAL
1154/2014
Mensual
Centro de Día - Jornada Doble
Categoría A $ 9427,41
Categoría B $ 7917,92
Categoría C $ 6029,16
Centro de Día - Jornada Simple
Categoría A $ 6273,27
Categoría B $ 5278,79
Categoría C $ 4022,18
Centro de Educación Terap. - Jornada Doble
Categoría A $ 10282,75
Categoría B $ 8633,75
Categoría C $ 6585,93
Centro de Educación Terap. - Jornada Simple
Categoría A $ 7233,70
Categoría B $ 6071,92
Categoría C $ 4636,37
Escolaridad Formación Laboral Jornada Doble
Categoría A $ 9077,25
Categoría B $ 7631,99
Categoría C $ 5815,16
Escolaridad Formación Laboral Jorada Simple
Categoría A $ 6293,67
Categoría B $ 5291,91
Categoría C $ 4024,62
Escolaridad Pre-primaria Jornada Doble
Categoría A $ 9174,54
Categoría B $ 7706,90
Categoría C $ 5868,63
Escolaridad Pre-Primaria Jornada Simple
Categoría A $ 6282,52
Categoría B $ 5278,79
Categoría C $ 4022,18
Escolaridad Primaria Jornada Doble
Categoría A $ 9174,54
Categoría B $ 7706,90
Categoría C $ 5868,63
Escolaridad Primaria Jornada Simple
Categoría A $ 6282,52
Categoría B $ 5278,79
Categoría C $ 4022,18
Hogar - Permanente
Categoría A $ 11209,47
Categoría B $ 9411,94
Categoría C $ 7485,35
Hogar Lunes a Viernes
Categoría A $ 8939,30
Categoría B $ 7513,32
Categoría C $ 5984,61
Hogar con Centro de día Lunes a Viernes
Categoría A $ 12895,17
Categoría B $ 10829,30
Categoría C $ 8633,92
Hogar con Centro Ed. Terapeutica Lunes a Viernes
Categoría A $ 14210,93
Categoría B $ 11931,62
Categoría C $ 9096,86
Hogar Lunes a Viernes con Formación Laboral
Categoría A $ 12570,92
Categoría B $ 10561,01
Categoría C $ 8039,28
Hogar Lunes a Viernes con Pre- Primaria
Categoría A $ 12353,58
Categoría B $ 10389,71
Categoría C $ 8071,80
Hogar Lunes a Viernes con Primaria
Categoría A $ 12353,58
Categoría B $ 10389,71
Categoría C $ 8071,80
Hogar con centro de Día Permanente
Categoría A $ 15832,07
Categoría B $ 13303,27
Categoría C $ 10125,45
Hogar con Centro de Ed. Terapeutica permanente
Categoría A $ 17517,78
Categoría B $ 14720,15
Categoría C $ 11376,16
Hogar Permanente con Formación Laboral
Categoría A $ 16313,36
Categoría B $ 13692,06
Categoría C $ 10431,38
Hogar Permanente con Pre- Primaria
Categoría A $ 15456,00
Categoría B $ 12980,03
Categoría C $ 9895,77
Hogar Permanente con Pimaria
Categoría A $ 15456,00
Categoría B $ 12980,03
Categoría C $ 9895,77
Pequeño Hogar Lunes a Viernes
Categoría A $ 7681,27
Categoría B $ 6458,00
Categoría C $ 5942,76
Pequeño Hogar Permanente
Categoría A $ 9475,34
Categoría B $ 7589,42
Categoría C $ 7433,00
Residencia Lunes a Viernes
Categoría A $ 7736,80
Categoría B $ 6430,27
Categoría C $ 5942,76
Residencia Permanente
Categoría A $ 9572,97
Categoría B $ 8040,08
Categoría C $ 7433,00
Mensual - Hora
Estimulación Temprana
Mensual $ 3894,00
Hora $ 204,12
Prestaciones de Apoyo
Hora $ 204,12
Modulo Maestro de Apoyo
Mensual 4685,58
Maestro de Apoyo
Hora $ 183,89
Módulo de Apoyo a la Integración Escolar (Equipo)
Mensual $ 7028,36
Semanal
Rehabilitación - Módulo Integral Intensivo
Semanal $ 1563,50
Rehabilitación - Módulo Integral Simple
Semanal $ 973,50
Mensual
Rehabilitación - Hospital de día Jornada Simple
Mensual $ 6667,46
Rehabilitación - Hospital de día Jornada Doble
Mensual $ 9334,67
Rehabilitación - Internación
Mensual $ 35400,00
Diaria
Alimentación
Diaria $ 45,04
Km
Tansporte
Kilómetro $ 6,33
MODALIDAD PRESTACIONAL
Msal
Mensual
Centro de Día - Jornada Doble
Categoría A $ 10226
Categoría B $ 8589
Categoría C $ $6540
Centro de Día - Jornada Simple
Categoría A $ 6805
Categoría B $ 5726
Categoría C $ 4353
Centro de Educación Terap. - Jornada Doble
Categoría A $ 11154
Categoría B $ 9355
Categoría C $ 7144
Centro de Educación Terap. - Jornada Simple
Categoría A $ 7847
Categoría B $ 6586
Categoría C $ 5029
Escolaridad Formación Laboral Jornada Doble
Categoría A $ 9847
Categoría B $ 8279
Categoría C $ 6308
Escolaridad Formación Laboral Jorada Simple
Categoría A $ 6827
Categoría B $ 5740
Categoría C $ 4366
Escolaridad Pre-primaria Jornada Doble
Categoría A $ 9952
Categoría B $ 8360
Categoría C $ 6366
Escolaridad Pre-Primaria Jornada Simple
Categoría A $ 6815
Categoría B $ 5726
Categoría C $ 4363
Escolaridad Primaria Jornada Doble
Categoría A $ 9952
Categoría B $ 8360
Categoría C $ 6366
Escolaridad Primaria Jornada Simple
Categoría A $ 6815
Categoría B $ 5726
Categoría C $ 4363
Hogar - Permanente
Categoría A $ 12159
Categoría B $ 10210
Categoría C $ 8120
Hogar Lunes a Viernes
Categoría A $ 9697
Categoría B $ 8150
Categoría C $ 6492
Hogar con Centro de día Lunes a Viernes
Categoría A $ 13986
Categoría B $ 11747
Categoría C $ 9366
Hogar con Centro Ed. Terapeutica Lunes a Viernes
Categoría A $ 15415
Categoría B $ 12943
Categoría C $ 9608
Hogar Lunes a Viernes con Formación Laboral
Categoría A $ 13636
Categoría B $ 11456
Categoría C $ 8721
Hogar Lunes a Viernes con Pre- Primaria
Categoría A $ 13411
Categoría B $ 11270
Categoría C $ 8756
Hogar Lunes a Viernes con Primaria
Categoría A $ 13411
Categoría B $ 11270
Categoría C $ 8756
Hogar Permanente con centro de Día
Categoría A $ 17174
Categoría B $ 14431
Categoría C $ 10984
Hogar permanente con Centro de Ed. Terapeutica
Categoría A $ 19002
Categoría B $ 15968
Categoría C $ 12340
Hogar Permanente con Formación Laboral
Categoría A $ 17696
Categoría B $ 14852
Categoría C $ 11315
Hogar Permanente con Pre- Primaria
Categoría A $ 16766
Categoría B $ 14080
Categoría C $ 10734
Hogar Permanente con Pimaria
Categoría A $ 16766
Categoría B $ 14080
Categoría C $ 10734
Pequeño Hogar Lunes a Viernes
Categoría A $ 9113
Categoría B $ 7662
Categoría C $ 7051
Pequeño Hogar Permanente
Categoría A $ 11242
Categoría B $ 9004
Categoría C $ 8819
Residencia Lunes a Viernes
Categoría A $ 9179
Categoría B $ 7029
Categoría C $ 7051
Residencia Permanente
Categoría A $ 11358
Categoría B $ 9539
Categoría C $ 8819
Mensual - Hora
Estimulación Temprana
Mensual $ 4620
Prestacion de Apoyo
Hora $ 221
Modulo Maestro de Apoyo
Mensual $ 5083
Maestro de Apoyo
Hora $ 199
Módulo de Apoyo a la Integración Escolar (Equipo)
Mensual $ 7624
Semanal
Rehabilitación - Módulo Integral Intensivo
Semanal $ 1696
Rehabilitación - Módulo Integral Simple
Semanal $ 1056
Mensual
Rehabilitación - Hospital de día Jornada Simple
Mensual $ 7232
Rehabilitación - Hospital de día Jornada Doble
Mensual $ 10126
Rehabilitación - Internación
Mensual $ 38400
Diaria
Alimentación
Diaria $49
Km
Tansporte
Kilómetro $7