ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
Resolución 1915/2010
Modifícase la Resolución Nº 16.890/09 a fin de readecuar el arancel vigente del Programa de Cobertura del Sistema Unico de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.
Bs. As., 11/2/2010
VISTO la Resolución Nro. 57/2010 del MINISTERIO DE SALUD de fecha 18 de enero de 2010, la Resolución Nro. 16.890/2009-APE de fecha 20 de noviembre de 2009 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución citada en último término del VISTO se readecuaron los valores de las prestaciones establecidas por el PROGRAMA DE COBERTURA DEL SISTEMA UNICO DE PRESTACIONES BASICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD en consonancia con los aranceles fijados por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION.
Que mediante el dictado de la Resolución Ministerial Nro. 57/2010 se resolvió el aumento de los aranceles vigentes de las prestaciones del SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD con un incremento del CINCO POR CIENTO (5%) a partir del 1 de diciembre de 2009 y de un CINCO POR CIENTO (5%) más a partir del 1 de abril de 2010.
Que por la misma Resolución se estableció que el valor diario del módulo ALIMENTACION se incrementa hasta CATORCE ($ 14) y el de TRANSPORTE por kilómetro se incrementa en un DIEZ POR CIENTO (10%), a partir del 1 de diciembre de 2009 según se detallará en el ANEXO I y a partir del 1 de abril de 2010 según se detallará en el ANEXO II los que formarán parte integrante de la presente Resolución.
Que dichos aumentos producen inexorablemente variaciones en el Programa de Cobertura de las prestaciones de Discapacidad de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES.
Que en atención a lo expuesto, es necesario readecuar los nuevos valores establecidos por el MINISTERIO DE SALUD, incrementando las prestaciones que se mencionarán en los Anexos I y II de la presente Resolución y de acuerdo a las fechas citadas en el CONSIDERANDO SEGUNDO.
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en uso de las atribuciones fijadas por los Decretos Nros. 53/98 y 1645/09,
EL GERENTE GENERAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase la Resolución Nro. 16.890/09 de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES de fecha 20 de noviembre de 2009 a fin de readecuar los aranceles vigentes de las prestaciones del PROGRAMA DE COBERTURA DEL SISTEMA UNICO DE PRESTACIONES BASICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD con un incremento del CINCO POR CIENTO (5%) a partir del 1 de diciembre de 2009 y de un CINCO POR CIENTO (5%) más a partir del 1 de abril de 2010 de conformidad con los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º — Las modificaciones dispuestas en el ANEXO I comienzan a regir a partir del 1 de diciembre de 2009.
Art. 3º — Las modificaciones dispuestas en el ANEXO II comienzan a regir a partir del 1 de abril de 2010.
Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Daniel M. Colombo Russell.
ANEXO 1
A partir de Diciembre de 2009
- Hogar Permanente con Pre-primaria
- CATEGORÍA A 5.035,22
- CATEGORÍA B 4.228,60
- CATEGORÍA C 3.223,82
- Hogar Permanente con Primaria
- CATEGORÍA A 5.035,22
- CATEGORÍA B 4.228,60
- CATEGORÍA C 3.223,82
- Hogar Permanente con Formación Laboral
- CATEGORÍA A 5.314,52
- CATEGORÍA B 4.460,56
- CATEGORÍA C 3.398,31
- Hogar Lunes a Viernes con Pre-primaria
- CATEGORÍA A 4.027,78
- CATEGORÍA B 3.384,74
- CATEGORÍA C 2.629,61
- Hogar Lunes a Viernes con Primaria
- CATEGORÍA A 4.027,78
- CATEGORÍA B 3.384,74
- CATEGORÍA C 2.629,61
- Hogar Lunes a Viernes con Formación Laboral
- CATEGORÍA A 4.095,33
- CATEGORÍA B 3.440,54
- CATEGORÍA C 2.619,02
- Residencia Lunes a Viernes
- CATEGORÍA A 2.538,23
- CATEGORÍA B 2.109,59
- CATEGORÍA C 1.949,65
- Residencia Permanente
- CATEGORÍA A 3.138,71
- CATEGORÍA B 2.637,73
- CATEGORÍA C 2.438,55
- Pequeño Hogar Lunes a Viernes
- CATEGORÍA A 2.520,01
- CATEGORÍA B 2.116,69
- CATEGORÍA C 1.949,65
- Pequeño Hogar Permanente
- CATEGORÍA A 3.108,59
- CATEGORÍA B 2.489,88
- CATEGORÍA C 2.438,55
- Escolaridad Pre-primaria Jornada Simple
- CATEGORÍA A 2.130,09
- CATEGORÍA B 1.797.17
- CATEGORÍA C 1.369,36
- Escolaridad Pre-primaria Jornada Doble
- CATEGORÍA A 3.123,49
- CATEGORÍA B 2.623,28
- CATEGORÍA C 1.997,99
- Escolaridad Primaria Jornada Simple
- CATEGORÍA A 2.138,89
- CATEGORÍA B 1.797,17
- CATEGORÍA C 1.369,36
- Escolaridad Primaria Jornada Doble
- CATEGORÍA A 3.123,49
- CATEGORÍA B 2.623,28
- CATEGORÍA C 1.997,99
- Escolaridad Formación Laboral Jornada Simple
- CATEGORÍA A 2.142,69
- CATEGORÍA B 1.801,64
- CATEGORÍA C 1.370,19
- Escolaridad Formación Laboral Jornada Doble
- CATEGORÍA A 3.090,37
- CATEGORÍA B 2.598,32
- CATEGORÍA C 1.979,79
- Hogar Lunes a Viernes con centro de Ed. Terapéutica
- CATEGORÍA A 4.629,60
- CATEGORÍA B 3.887,06
- CATEGORÍA C 2.963,55
- Hogar Lunes a Viernes con Centro de Día
- CATEGORÍA A 4.200.96
- CATEGORÍA B 3.527,95
- CATEGORÍA C 2.812,73
- Centro de Día- Jornada Simple
- CATEGORÍA A 2.135,74
- CATEGORÍA B 1.797,17
- CATEGORÍA C 1.369,36
- Centro de Día- Jornada Doble
- CATEGORÍA A 3.209,58
- CATEGORÍA B 2.695,68
- CATEGORÍA C 2.052.63
- Centro de Educación Terapéutica- Jornada Simple
- CATEGORÍA A 2.462,73
- CATEGORÍA B 2.067.20
- CATEGORÍA C 1.578,47
- Centro de Educación Terapéutica - Jornada Doble
- CATEGORÍA A 3.500,79
- CATEGORÍA B 2.939,38
- CATEGORÍA C 2.242.20
- Hogar- Lunes a Viernes
- CATEGORÍA A 2.912,23
- CATEGORÍA B 2.447,67
- CATEGORÍA C 1.949,65
- Hogar- Permanente
- CATEGORÍA A 3.651,80
- CATEGORÍA B 3.066,20
- CATEGORÍA C 2.438.55
- Hogar- Permanente con Centro de Día
- CATEGORÍA A 5.157,74
- CATEGORÍA B 4.333,91
- CATEGORÍA C 3.298,65
- Hogar- Permanente con Centro de Educación Terapéutica
- CATEGORÍA A 5.706,91
- CATEGORÍA B 4.795,49
- CATEGORÍA C 3.706,09
MENSUAL HORA
- Estimulación Temprana
- MENSUAL 923,51
- HORA 60,43
- Prestaciones de Apoyo
- HORA 60,43
- Módulo de Apoyo a la Integración Escolar
- MENSUAL 1.539,79
- HORA 60,43
SEMANAL
- Rehabilitación – Módulo Integral Intensivo
- SEMANAL 301,98
- Rehabilitación – Módulo Integral Simple
- SEMANAL 180,98
MENSUAL
- Rehabilitación – Hospital de Día Jornada Simple
- MENSUAL 1.810,75
- Rehabilitación – Hospital de Día Jornada Doble
- MENSUAL 2.535,10
- Rehabilitación – Internación
- MENSUAL 7.243,15
MENSUAL DIARIA
- Alimentación
- DIARIA 14,00
KILOMETRO
- Transporte 2,25
* Valores expresados en pesos
ANEXO 2
A partir del 01 de Abril de 2010
- Hogar Permanente con Pre-primaria
- CATEGORÍA A 5.286,98
- CATEGORÍA B 4.440,03
- CATEGORÍA C 3.385,01
- Hogar Permanente con Primaria
- CATEGORÍA A 5.286,98
- CATEGORÍA B 4.440,03
- CATEGORÍA C 3.385,01
- Hogar Permanente con Formación Laboral
- CATEGORÍA A 5.580,25
- CATEGORÍA B 4.683,59
- CATEGORÍA C 3.568,23
- Hogar Lunes a Viernes con Pre-primaria
- CATEGORÍA A 4.229,17
- CATEGORÍA B 3.553,97
- CATEGORÍA C 2.761,09
- Hogar Lunes a Viernes con Primaria
- CATEGORÍA A 4.229,17
- CATEGORÍA B 3.553,97
- CATEGORÍA C 2.761,09
- Hogar Lunes a Viernes con Formación Laboral
- CATEGORÍA A 4.300,09
- CATEGORÍA B 3.612,56
- CATEGORÍA C 2.749,97
- Residencia Lunes a Viernes
- CATEGORÍA A 2.665,14
- CATEGORÍA B 2.215,07
- CATEGORÍA C 2.047,13
- Residencia Permanente
- CATEGORÍA A 3.295,65
- CATEGORÍA B 2.769,61
- CATEGORÍA C 2.560,48
- Pequeño Hogar Lunes a Viernes
- CATEGORÍA A 2.646,01
- CATEGORÍA B 2.224,62
- CATEGORÍA C 2.047,13
- Pequeño Hogar Permanente
- CATEGORÍA A 3.264,02
- CATEGORÍA B 2.614,37
- CATEGORÍA C 2.560.48
- Escolaridad Pre-primaria Jornada Simple
- CATEGORÍA A 2.245,84
- CATEGORÍA B 1.887,03
- CATEGORÍA C 1.437,83
- Escolaridad Pre-primaria Jornada Doble
- CATEGORÍA A 3.279,66
- CATEGORÍA B 2.755,02
- CATEGORÍA C 2.097,89
- Escolaridad Primaria Jornada Simple
- CATEGORÍA A 2.245,84
- CATEGORÍA B 1.887,03
- CATEGORÍA C 1.437,83
- Escolaridad Primaria Jornada Doble
- CATEGORÍA A 3.279,66
- CATEGORÍA B 2.755,02
- CATEGORÍA C 2.097,89
- Escolaridad Formación Laboral Jornada Simple
- CATEGORÍA A 2.249,83
- CATEGORÍA B 1.891,72
- CATEGORÍA C 1.438,70
- Escolaridad Formación Laboral Jornada Doble
- CATEGORÍA A 3.244,89
- CATEGORÍA B 2.728,24
- CATEGORÍA C 2.078,77
- Hogar Lunes a Viernes con centro de Ed. Terapéutica
- CATEGORÍA A 4.861.08
- CATEGORÍA B 4.081,41
- CATEGORÍA C 3.111,73
- Hogar Lunes a Viernes con Centro de Día
- CATEGORÍA A 4.411,00
- CATEGORÍA B 3.704,34
- CATEGORÍA C 2.953,37
- Centro de Día- Jornada Simple
- CATEGORÍA A 2.242,53
- CATEGORÍA B 1.887,03
- CATEGORÍA C 1.437,83
- Centro de Día- Jornada Doble
- CATEGORÍA A 3.370,06
- CATEGORÍA B 2.830,46
- CATEGORÍA C 2.155,27
- Centro de Educación Terapéutica- Jornada Simple
- CATEGORÍA A 2.585,87
- CATEGORÍA B 2.170,58
- CATEGORÍA C 1.657,39
- Centro de Educación Terapéutica - Jornada Doble
- CATEGORÍA A 3.675,83
- CATEGORÍA B 3.086,35
- CATEGORÍA C 2.354,31
- Hogar- Lunes a Viernes
- CATEGORÍA A 2.057,84
- CATEGORÍA B 2.570,05
- CATEGORÍA C 2.047,13
- Hogar- Permanente
- CATEGORÍA A 3.834.38
- CATEGORÍA B 3.219,51
- CATEGORÍA C 2.560,48
- Hogar- Permanente con Centro de Día
- CATEGORÍA A 5.415,62
- CATEGORÍA B 4.550,60
- CATEGORÍA C 3.463,58
- Hogar- Permanente con Centro de Educación Terapéutica
- CATEGORÍA A 5.992,25
- CATEGORÍA B 5.035,26
- CATEGORÍA C 3.891,40
MENSUAL HORA
- Estimulación Temprana
- MENSUAL 969,69
- HORA 63,45
- Prestaciones de Apoyo
- HORA 63,45
- Módulo de Apoyo a la Integración Escolar
- MENSUAL 1.616,71
- HORA 63,45
SEMANAL
- Rehabilitación – Módulo Integral Intensivo
- SEMANAL 317,08
- Rehabilitación – Módulo Integral Simple
- SEMANAL 190,00
MENSUAL
- Rehabilitación – Hospital de Día Jornada Simple
- MENSUAL 1.901,28
- Rehabilitación – Hospital de Día Jornada Doble
- MENSUAL 2.661,85
- Rehabilitación – Internación
- MENSUAL 7.605,31
MENSUAL DIARIA
- Alimentación
- DIARIA 14,00
KILOMETRO
- Transporte 2,25
*Valores expresados en Pesos